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de
Supervivencia |
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CERTIFICADO
DE SUPERVIVENCIA - CAMPAÑA 2008
Comunicamos
a Ud. la modalidad para la presentación del Certificado de Supervivencia
y la Declaración Jurada de Estado Civil a cumplimentar durante
el 2008.
| Importante:
El I.A.F.P.R.P.M. procede a efectuar cruces de la información
mensual de la Base de Datos de sus beneficiarios con la del Registro
Nacional de las Personas para la detección de fallecidos
a través del Sistema de Identificación Nacional Tributario
(SINTyS). |
CONCEPTO
DE LA OPERACION:
I)
No se requerirá certificación de supervivencia
a los retirados, pensionistas y ex-soldados conscriptos que residan en
territorio nacional.
II) Se requerirá
un Certificado de Supervivencia “simple” a los titulares de
haber de retiro, a los pensionistas masculinos, a las pensionistas femeninas
menores de CATORCE (14) años y a las titulares de “Pensiones
Rehabilitadas” que tengan domicilio en país extranjero y/o
autorización vigente de su Fuerza para residir en el exterior.
III)
Se requerirá un Certificado de Supervivencia “combinado”
con la Declaración Jurada de Estado Civil a las pensio-nistas mayores
de CATORCE (14) años que tengan do-micilio en país extranjero
registrado y/o autorización vi-gente de su Fuerza para residir
en el exterior.
IV) Se
requerirá a las titulares de pensión (sexo femenino) mayores
de CATORCE (14) años residentes en el país una Declaración
Jurada de Estado Civil. La misma no requiere certificación
de firma.
V)
El personal que cobra por la Red Bancaria conformará el
formulario y lo entregará en la sede o en las Oficinas Re-gionales
del I.A.F o los remitirá al mismo por vía postal a “I.A.F.P.R.P.M.
– Casilla de Correo 4.628, C.P. 1000, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires”. No deben entregarse en los Bancos.
VI)
El personal que cobra por Entidad Apoderada entregará el
formulario, exclusivamente, a su Entidad. No lo remita al I.A.F.
VII)
Los titulares de beneficios de retiro, pensión o indemnizatorios
que deban cumplimentar la certificación de supervivencia y/o la
declaración de estado civil recibirán, adosados al recibo
de haberes de MAYO/08, el formulario correspondiente, a cumplimentar antes
del 27-JUL-08.
VIII) La
falta de cumplimiento en término, la certificación por autoridad
no competente o el llenado incompleto o incorrecto de los Certificados
de Supervivencia, dará lugar a la retención de los haberes
(Art. 23º del Decreto 3.019 – Reglamentario de la Ley Nº
22.919).
IX)
De no cumplimentarse en tiempo y forma con la presentación
de la Declaración Jurada de Estado Civil, se aplicará la
limitación al monto del haber pensionario que fija la Ley Nº
23.570.
X)
El I.A.F.P.R.P.M. no reiterará la certificación
de Supervivencia y/o Soltería en caso de falta de recepción
o conformación incorrecta de los formularios.
CERTIFICACIÓN
DE SUPERVIVENCIA EN EL EXTERIOR
- Los Formularios de Supervivencia simples o los combinados
con la Declaración Jurada de Estado Civil solo podrán
ser certificados en el exterior por Autoridades de la Embajada
Argentina, el Cónsul Argentino, Agregadurías Militares o
por una constancia notarial.
- La certificación
por notario extranjero deberá contener los timbres y la acotación
que establece la Ley Nº 23.458 (L’Apostille – Conventión
de la Haye du octobre 1961). Debe solicitarlo al profesional al conformar
el documento.
IMPORTANTE:
- Controle que la Autoridad Certificante coloque
los sellos (2), lugar, fecha y firma.
- Si los sellos o impresión digital son borrosos o ilegibles,
solicite a la Autoridad Certificante que los estampe
nuevamente en el reverso del formulario.
- Pensionistas. Verifiquen que haya sido
tildada UNA (1) sola opción de la Declaración Jurada
de Estado Civil.
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FORMULARIOS
EN BLANCO
- En
caso de extravío de los formularios originales o para una nueva
certificación, podrá obtener un "formulario
en blanco” para su tramitación o la rehabilitación
del pago en el Instituto, en las Oficinas Regionales
del I.A.F.P.R.P.M. o en su Entidad Apoderada..
- También
podrá bajar un “formulario en blanco” de la presente
página Web, teniendo en cuenta el encuadramiento de
su beneficio.
Los formularios
disponibles en esta página son:
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1)
Instructivo para la Campaña de Supervivencia 2008 |
| Instructivo
completo que reproduce toda la información volcada en esta
página acerca de la Campaña de Supervivencia 2008. |
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2)
Formulario de Supervivencia Simple |
Para
retirados, pensionistas de sexo masculino y pensionistas de sexo
femenino menores de 14 años, residentes en el exterior. |
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3)
Formulario de Supervivencia Combinado |
| Para
pensionistas de sexo femenino mayores de 14 años residentes
en el exterior. |
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4)
Formulario de Declaración Jurada de Estado Civil. |
| Para
pensionistas de sexo femenino mayores de catorce (14) años,
residentes en el país. |
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