| Preguntas
Frecuentes |
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sobre
Retiros |
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1.
Este mes se me otorgó el retiro, ¿cómo y donde voy a cobrar?
Usted recibirá una comunicación del Instituto informándole su fecha
de alta como retirado, así como también el lugar y la fecha de cobro.
Siempre deberá presentarse para el cobro con su documento de identidad.
2.
¿Por qué no tengo descuentos en los primeros recibos?
El Instituto recibe los cargos de entidades externa a través e una
cinta magnética y se incorpora a la base de datos. Normalmente demoran
tres (3) meses en normalizar la situación. Sea precavido y tenga en cuenta
que los cargos vendrán todos juntos así que reserve el dinero para ese
entonces. Verifique si le descuentan el seguro de vida y la Obra Social.
Si no es así concurra a la entidad correspondiente y cancele la cuota
para no quedar sin protección.
3.
¿Puedo trabajar en otro lugar siendo retirado?
Según lo especificado en el inc. 4º del Art. 9º de la Ley para el
Personal Militar Nº 19.101, Ud puede realizar tareas en el ámbito civil
con excepción de los encuadrados en el Art. 76 inc. 2b.
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