ASIGNACION
PRENATAL
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¿En
que consiste el Trámite? |
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Consiste
en el pago de la asignación por prenatal cuyo monto es equivalente
a la asignación por hijo, debiendo presentar la documentación
probatoria que justifique la liquidación..
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¿Dónde
se realiza el trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES -
Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423
C.A.P.U.A.
SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto.
"C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto.
"A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad
17, 4º "A".
Los
días de atención al público en Capital Federal
o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00
hs a 13:00 hs.
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¿Qué
documentación se debe presentar? Requisitos. |
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- Original
del certificado médico que acredite un embarazo superior
a TRES (3) meses cumplidos de gestación.
- Fotocopia autenticada del acta de matrimonio o certificado de
convivencia.
- DNI de la esposa.
- Original de la historia laboral, certificación negativa.
RUB (Registro Unico de Beneficio) o certificado del
lugar de trabajo de ambos, donde conste si se liquido
la asignación.
- Estar dentro de los topes
establecidos por el Decreto
Nº 1482/11, para la percepción de la
asignación por hijo.
Es recomendable
presentar el certificado medico en el periodo de los tres a los
seis meses para poder acceder al pago del subsidio completo. El
certificado medico debe contener el sello y firma del medico, número
de matricula y fecha probable de parto.
La solicitud de la historia laboral y la certificación negativa,
se efectúa ante la ANSES.
No existen períodos de menor concurrencia para la realización
del trámite.
Se debe
presentar la documentación especificada personalmente, por
nota a través del correo o través de las Sociedades
Apoderadas. Toda la documentación debe ser fotocopia autenticada
por autoridad competente judicial, notarial, policial o militar.
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¿Quién
puede/debe efectuarlo? |
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El titular
o cualquier persona que presente una nota de autorización
y la documentación mencionada en el punto 3.
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¿Cuándo
es necesario realizar el trámite? |
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El
plazo para la presentación de la documentación es
a partir del 3º mes de embarazo hasta el 6º, para tener
derecho al pago de la retroactividad.
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¿Qué
vigencia tiene el documento tramitado? |
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La
vigencia de la documentación tramitada es de 9º meses.
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¿Cuál
es el costo del trámite? |
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No
tiene costo alguno.
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Plazo
transcurrido hasta la obtención del beneficio |
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Presentada
la documentación se liquida en el mes de proceso que se esté
trabajando (entre 30 y 45 días). No existe modalidad de trámite
urgente.
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¿Cuántas
veces se debe concurrir para efectuar el trámite? |
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Presentada
la documentación no es necesario concurrir nuevamente. El
pago se efectúa a través del recibo de haberes y en
el caso de faltar documentación se solicita mediante nota.
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¿Cuál
es el organismo responsable del trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Subgerencia de Beneficiarios – Sector Asignaciones Familiares.
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Vías
alternativas para realizar el tramite |
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Se
puede enviar toda la documentación, detallada en el punto
3, por correo a:
INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En
sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran
en su recibo de haberes, para una correcta identificación,
a saber:
- Apellido
y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera)
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