COBRO
DEL SEGURO DE VIDA COLECTIVO POR FALLECIMIENTO
DEL TITULAR
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¿En
que consiste el Trámite? |
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Consiste
en tramitar la baja y cobro del Seguro de Vida Colectivo de un retirado
o pensionista.
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¿Dónde
se realiza el trámite? |
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Según
el Arma a la que pertenezca el beneficiario fallecido el trámite
debe realizarse en:
-
Fuerza Aérea Argentina:
Contaduría General de la Fuerza Aérea
- Pedro Zanni 250, Capital Federal,
Tel: 011-4317-6000.
- Ejercito Argentino:
Contaduría General del Ejército - Piedras
141, Capital Federal,
PB - División Gastos de Personal (Seguros)
Tel: 011-4342-0186
- Armada Argentina:
Contaduría General de la Armada, - Comodoro Py
2055, Capital Federal
Tel: 011-4317-2000 (int. 3344/7).
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¿Qué
documentación se debe presentar? Requisitos. |
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- Acta
de Defunción legalizada del Titular
- Fotocopia del último recibo de haberes
- Partida de Nacimiento legalizada de los hijos menores
- Certificado de matrimonio legalizado y actualizado
- Actuaciones Judiciales Labradas cuando la muerte sea por accidente,
suicidio u homicidio.
Presentar
personalemente la documentación detallada anteriormente en
ladependencia correspondiente según lo indicado en el punto
2.
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¿Quién
puede/debe efectuarlo? |
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El pensionista,
su apoderado legal, o entidad apoderada.
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¿Cuándo
es necesario realizar el trámite? |
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En caso de Fallecimiento del titular del Seguro de Vida Colectivo.
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¿Qué
vigencia tiene el documento tramitado? |
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La
vigencia del documento tramitado es Definitiva.
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¿Cuál
es el costo del trámite? |
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No
tiene costo alguno.
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Plazo
transcurrido hasta la obtención del cobro. |
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Depende
de cada Fuerza.
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¿Cuántas
veces se debe concurrir para efectuar el trámite? |
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Presentada
la documentación no es necesario concurrir nuevamente.
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¿Cuál
es el organismo responsable del trámite? |
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Según
el caso:
-
Fuerza Aérea Argentina -
Contaduría General de la Fuerza Aérea
- Ejercito Argentino - Contaduría
General del Ejército
- Armada Argentina - Contaduría
General de la Armada
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Vías
alternativas para realizar el tramite |
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En
el Interior del país el trámite puede iniciarse en
las reparticiones de la Fuerza correspondiente
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