COBRO
DEL SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO POR FALLECIMIENTO
DEL TITULAR
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¿En
que consiste el Trámite? |
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Consiste
en gestionar el cobro del Seguro de Vida Obligatorio por fallecimiento
de un titular.
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¿Dónde
se realiza el trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES -
Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423
C.A.P.U.A.
SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto.
"C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto.
"A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25.
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad
17, 4º "A".
Los
días de atención al público en Capital Federal
o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00
hs a 13:00 hs.
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¿Qué
documentación se debe presentar? Requisitos. |
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A)
Si el retirado fallecido tenía
designado un beneficiario,
éste deberá presentar:
- Formulario 142 Acta
Declaración Jurada Beneficiario Seguro de Vida Obligatorio
con los datos personales del titular fallecido y del/los solicitante/s.
La firma del/los beneficiario/s debe estar certificada
por autoridad competente (militar, judicial, notarial
o policial).
- Acta
de defunción del retirado (copia certificada).
- Ultimo recibo de haber (copia certificada).
- Primera y Segunda hoja del DNI de los beneficiarios.
- Talón de beneficiario.
B)
Si no hay beneficiarios asignados
corresponde el pago según acervo sucesorio:
En caso de corresponderle a la Esposa
(caso más frecuente), ésta deberá
presentar:
- Formulario 142 Acta
Declaración Jurada Beneficiario Seguro de Vida Obligatorio
con los datos personales del titular fallecido y del/los solicitante/s.
La firma del/los beneficiario/s debe estar certificada
por autoridad competente (militar, judicial, notarial
o policial).
- Acta de defunción del retirado (copia certificada).
- Ultimo recibo de haber (copia certificada).
- Primera y Segunda hoja del DNI. (copia certificada)
- Acta de matrimonio actualizada con posterioridad a la fecha de
fallecimiento del titular (copia certificada).
En
caso de corresponderle a los hijos,
estos deberán presentar :
- Formulario 142 Acta
Declaración Jurada Beneficiario Seguro de Vida Obligatorio
con los datos personales del titular fallecido y del/los solicitante/s.
La firma del/los beneficiario/s debe estar certificada
por autoridad competente (militar, judicial, notarial
o policial).
- Acta de defunción del retirado (copia certificada).
- Ultimo recibo de haber (copia certificada).
- Primera y Segunda hoja del DNI de los beneficiarios.
- Acta de nacimiento de cada uno (copia certificada).
- Libreta de Familia (copia certificada).
- Acta de matrimonio actualizada posterior a la fecha de fallecimiento
del titular (copia certificada).
- En caso de fallecimiento de la esposa: Acta de defunción
(copia certificada).
- En caso de divorcio: Sentencia de divorcio o acta de matrimonio
con nota marginal donde conste la fecha del divorcio
(copia certificada).
Presentar
la documentación detallada en el punto 3 personalmente o
por correo.
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¿Quién
puede/debe efectuarlo? |
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El trámite
debe ser gestionado por el beneficiario designado por el titular
o según corresponda de acuerdo al acervo sucesorio.
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¿Cuándo
es necesario realizar el trámite? |
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Ante el fallecimiento de un personal militar retirado que tenga
en su recibo de haberes el descuento del Seguro de Vida Obligatorio
(código 511). Para el reclamo de esta erogación, no
deben transcurrir más de 10 años desde del deceso.
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¿Qué
vigencia tiene el documento tramitado? |
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La
vigencia del documento tramitado es Definitiva.
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¿Cuál
es el costo del trámite? |
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No
tiene costo alguno.
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Plazo
transcurrido hasta la obtención del cobro. |
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Presentada
la documentación se envía a la Caja de Ahorro y Seguro
que es quien efectúa la liquidación y procede al pago
en un término de aproximadamente 45 días.
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¿Cuántas
veces se debe concurrir para efectuar el trámite? |
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Presentada
la documentación no es necesario concurrir nuevamente.
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¿Cuál
es el organismo responsable del trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Gerencia de Retiros y Pensiones -Subgerencia de Liquidaciones y
Descuentos División Retenciones y Seguros.
CAJA
DE AHORRO Y SEGURO S.A.
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Vías
alternativas para realizar el tramite |
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Se
puede enviar toda la documentación, detallada en el punto
3, por correo a:
INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En
sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran
en su recibo de haberes, para una correcta identificación,
a saber:
- Apellido
y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera)
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