DECLARACION
JURADA IMPUESTO A LAS GANANCIAS Presentación
Formulario 572
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¿En
que consiste el Trámite? |
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El
trámite consiste en el llenado del formulario 572 y sirve
para informar al IAF las novedades que están relacionadas
con la retención del impuesto a las ganancias a efectos de
practicar correctamente la misma.
El formulario
de Declaración Jurada N° 572, tiene por objeto informar
otros ingresos en relación de dependencia y las correspondientes
deducciones; seguro de vida en caso de muerte y familiares a cargo;
los cuales serán tenidos en cuenta para la liquidación
del impuesto a las ganancias.
También
se designa a través del mencionado formulario al empleador
que deberá actuar como agente de retención dependiendo
de quien es el que paga la mayor remuneración. La presentación
del presente formulario es obligatoria (Obligaciones Formales de
los responsables, Resolución
Gral. de la AFIP N° 1261/02)
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¿Dónde
se realiza el trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES -
Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423
C.A.P.U.A.
SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto.
"C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto.
"A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25.
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad
17, 4º "A".
Los
días de atención al público en Capital Federal
o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00
hs a 13:00 hs.
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¿Qué
documentación se debe presentar? Requisitos. |
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- Formulario
572 de la AFIP
- Copia de/los recibo/s de haberes externos.
- Constancia de pago de cuotas médico-asistenciales*
- Factura Original por Gastos médicos, (aquellos que las
obras sociales no cubren o reintegran). *
- Constancia de otros seguros contratados por el retirado en caso
de fallecimiento (no los que figuran en recibo de haberes
del IAF) *
- Constancia original de donaciones efectuadas a entidades de bien
público*
- Certificación por intereses de créditos hipotecarios
obtenidos después del 01- 01-2001. *
- Copia del Formulario 102
que avale la inscripción de una empleada domestica.
*
* Esta documentación sólo debe ser presentada
en caso de declarar erogaciones por esos conceptos.
El trámite
se realiza completando el Formulario Nº 572 en todos sus Rubros:
- Volcar
todos los datos personales (como por ejemplo los familiares a cargo,esposa,
hijos hasta 24 años, etc).
- Otros ingresos (remuneraciones externas) y adjuntando fotocopia
del recibo de haber externo o, en su defecto, una certificación
emitida por el empleador.
- Se detallarán las cuotas médico-asistenciales (OBRAS
SOCIALES OBLIGATORIAS Y PREPAGAS).
- Se detallarán las primas del seguro, para el caso de muerte,
con los datos solicitados, si el importe es mensual
deberá aclararlo.
- Deberá completar detalle e importes de otras deducciones
computables como ser donaciones admitidas a entidades
de bien público, honorarios, intereses, personal
doméstico a cargo, etc.
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¿Quién
puede/debe efectuarlo? |
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El formulario
lo completa el titular y puede enviarlo por correo o a través
de otra persona.
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¿Cuándo
es necesario realizar el trámite? |
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Al
inicio de la relación laboral, en el caso de los beneficiarios
de este instituto, al momento del alta como retirados o pensionistas.
En caso que los datos consignados en el formulario AFIP F572 sufran
modificaciones, deberá presentar dentro del plazo de DIEZ
(10) días corridos la rectificación del mismo.
Cada vez que este Organismo lo requiera .
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¿Qué
vigencia tiene el documento tramitado? |
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El
trámite es temporal, todo depende de las modificaciones o
cambios que sufran los datos consignados en el mismo.
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¿Cuál
es el costo del trámite? |
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No
tiene costo alguno.
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¿Cuántas
veces se debe concurrir para efectuar el trámite? |
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De acuerdo
a la RG
1261 AFIP es responsabilidad de cada beneficiario informar a
este Instituto mediante la presentación del F 572 las novedades
pertinentes a efectos de liquidar correctamente el impuesto Ej.:
inicio actividad laboral con otro empleador, contratación
medicina prepaga, etc.
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¿Cuál
es el organismo responsable del trámite? |
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INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Departamento Descuentos en la Subgerencia de Liquidaciones y Descuentos.
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Vías
alternativas para realizar el tramite |
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Además
de lo indicado en el punto 2, también puede presentarse el
formulario en las Entidades Pagadoras o enviarlo por correo a:
INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En
sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran
en su recibo de haberes, para una correcta identificación,
a saber:
- Apellido
y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera) |