Página de Inicio Calendario de Cobro de Haberes Mapa del Sitio ImprimirAgregar a FavoritosIAFenlínea
 
Guía de Trámites
 

SUSPENSIÓN DE HABERES Dto. 894/01

1
¿En qué consiste el trámite?
2
¿Dónde se realiza el trámite?
3
¿Qué documentación se debe presentar? . Requisitos.
4
¿Cómo se hace?
5
¿Quién puede/debe efectuarlo?
6
¿Cuándo es necesario realizar el trámite?
7
¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
8
¿Cuál es el costo del trámite?
9
Plazo transcurrido desde la solicitud hasta la concreción del trámite
10
¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?
11
¿Cuál es el organismo responsable del trámite?
12
Vías alternativas para realizar el tramite


 

1
 ¿En que consiste el Trámite?
Volver

Suspender temporariamente el haber de retiro o previsional.

 

2
 ¿Dónde se realiza el trámite?
Volver

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES - Cerrito 572 – Planta Baja
Departamento Atención al Público – Telefono:
0810-222-2423

C.A.P.U.A. SAN MIGUEL - Belgrano 937 - San Miguel, Pcia Bs. As.
Delegación BAHIA BLANCA - Sarmiento 24 piso 2º - Dpto. "C" .
Delegación MENDOZA - Rivadavia 76 - piso 1º - Dpto. "A".
Delegación CORDOBA - Av. Colon 350 - PB local 25.
Delegación PARANA - Avda. 25 de Mayo 275/77.
Delegación TUCUMAN - Gral. San Martín 666 - Unidad 17, 4º "A".

Los días de atención al público en Capital Federal o en las Delegaciones del interior, es de LUNES a VIERNES de 08:00 hs a 13:00 hs.

 

3
 ¿Qué documentación se debe presentar? Requisitos.
Volver

Nota debidamente firmada por el causante aclarando fecha desde la cual se deberá efectuar la suspensión

 

4
 ¿Cómo se hace?
Volver

Presentar el requerimiento personalmente, o nota por correo.

 

5
 ¿Quién puede/debe efectuarlo?
Volver

El trámite debe ser efectuado por el titular y/o apoderado.

 

6
 ¿Cuándo es necesario realizar el trámite?
Volver

Cuando desempañan funciones en la Administración Pública Nacional.
A partir de la vigencia del Decreto o a partir de la fecha que ingresan en la Administración Pública.

 

7
 ¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
Volver

La vigencia de la suspensión es temporaria.

 

8
 ¿Cuál es el costo del trámite?
Volver

No tiene costo alguno.

 

9
 Plazo transcurrido hasta la concreción del trámite
Volver

Presentada la documentación se liquida en el mes de proceso que se esté trabajando (entre 30 y 45 días). No existe modalidad de trámite urgente.

 

10
 ¿Cuántas veces se debe concurrir para efectuar el trámite?
Volver

Presentada la documentación no es necesario concurrir nuevamente. En el caso de faltar documentación se solicita mediante nota.

 

11
 ¿Cuál es el organismo responsable del trámite?
Volver

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Gerencia de Retiros y Pensiones - Subgerencia de Beneficiarios
Departamento Retiros.

 

12
 Vías alternativas para realizar el tramite
Volver

Puede enviarse la nota de renuncia original, debidamente firmada por correo a:

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA
PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Cerrito 572 - (C1010AAL) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En sus comunicaciones consigne claramente sus datos, tal como figuran en su recibo de haberes, para una correcta identificación, a saber:

- Apellido y nombres
- Grado
- Tipo (L.E., L.C. o D.N.I.) y Nº de documento
- Domicilio
- Teléfono (si lo tuviera)
- Dirección de e-mail (si la tuviera)

 

Bienvenido
SUSPENSION DE HABERES
Consultas
Atención al Público
0810-222-2423

Formularios
No hay formulario
asociado a
este Trámite
Recomenaciones

Recuerde que la nota
de suspención de haberes debe ir acompañada de
firma original.

Marco Legal

Dto. Nº 894/01


 


INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES Cerrito 572 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1010AAL) - Línea de Atención al Público: 0810-222-2423